Dani Alves condenado a 4 años y medio de cárcel por violación
La Audiencia de Barcelona ha emitido un veredicto condenatorio hacia Dani Alves, imponiéndole una sentencia de 4 años y medio de prisión por un cargo de agresión sexual. El tribunal estableció que el exjugador del FC Barcelona perpetró la violación de una joven de 23 años en los lavabos de una zona reservada en la discoteca Sutton de Barcelona el 30 de diciembre de 2022. La sentencia afirmó que se ha demostrado que «la víctima no dio su consentimiento y que existen pruebas suficientes, además del testimonio de la denunciante, que corroboran la violación».
Sin embargo, la condena impuesta dista significativamente de los 9 años de cárcel solicitados por la Fiscalía, y aún más de los 12 años reclamados por la víctima. El tribunal aplicó un factor atenuante al considerar que «previo al juicio, la defensa depositó la suma de 150.000 euros en la cuenta del juzgado para ser entregada a la víctima independientemente del resultado del proceso judicial», lo cual, según el tribunal, demuestra «una voluntad de reparación».
La sentencia destacó que Alves se benefició de la ley conocida como «solo sí es sí», que establece penas más bajas para el delito de agresión sexual. Explicó que esta ley implica que «cuando solo esté presente una circunstancia atenuante, la pena será aplicada en la mitad inferior de la establecida por la ley para el delito», justificando así la pena de 4 años y medio de prisión impuesta al futbolista.
El tribunal sostuvo que «no hubo consentimiento» por parte de la víctima y describió detalladamente cómo Alves la agredió físicamente, lo que constituyó el delito de agresión sexual. Aunque se reconoció que algunas de las afirmaciones de la denunciante «no concuerdan con el resto de las pruebas presentadas», se subrayó que «no existen motivos ocultos en la denunciante, ni había antecedentes previos con Alves que sugirieran animosidad», agregando que «la denuncia solo le ha causado problemas».
Respecto al incidente en sí, el tribunal señaló que la víctima y sus amigas fueron invitadas por Alves a un área VIP de la discoteca. A pesar de que hubo momentos incómodos, el tribunal rechazó la idea de que la joven se sintiera aterrorizada. También se consideró que la víctima ingresó al baño voluntariamente con Alves, pero esto no implica que haya consentido todas las acciones sexuales posteriores.
La defensa de Alves argumentó que la falta de lesiones físicas en la víctima demostraba el consentimiento en las relaciones sexuales. Sin embargo, el tribunal respondió que «no se requiere la presencia de lesiones físicas para probar una agresión sexual» y que «la herida en la rodilla de la víctima indicaba que la relación fue forzada».
La sentencia fue entregada personalmente a todas las partes involucradas para evitar filtraciones. La abogada de Alves anunció que apelaría la decisión para defender la inocencia de su cliente. La Fiscalía había solicitado 9 años de prisión, mientras que la abogada de la denunciante pedía la pena máxima de 12 años, basándose en la contundencia del testimonio de la víctima durante el juicio. La estrategia de la defensa de Alves se centró en minimizar los daños y argumentar que las relaciones fueron consentidas, que el estrés postraumático de la víctima no se debía a una agresión sexual y que Alves estaba bajo los efectos del alcohol durante el incidente.